
Cruz Cárdenas apeló su desalojo dispuesto por el Juez Federal de Esquel Guido Otranto. Lo hizo esta mañana en el Juzgado con asiento en esta ciudad cordillerano, con patrocinio legal. La presentación fue en horas tempranas, en respuesta al fallo que se conoció la semana pasada.
La Administración de Parques Nacionales (APN), por intermedio de su apoderado, Dr. Germán E. Soules, había solicitó el desalojo de Cruz Cárdenas, Belén Salinas y demás ocupantes de las zonas conocidas como ex Población Felidor Salinas, Seccional El Maitenal, valle del arroyo Cascada, sus valles tributarios y las nacientes del arroyo Rañinto; en jurisdicción del Parque Nacional Los Alerces, con fallo favorable recientemente del Juez Guido Otranto.
En la denuncia se mencionó que Cruz Cárdenas y María Belén Salinas son descendientes de pobladores que tienen permisos de ocupación en el PNLA, y que la familia de Cruz Cárdenas es proveniente de Chile. Cuando ocuparon la zona que se pide desalojar en el 2019, no estaban en una situación de crisis habitacional, sino que residían junto a su hijo menor de edad en la vivienda de Juan Ramón Salinas, padre de María Belén.
Cárdenas fue brigadista, pero entró en conflicto con las autoridades de Parques y decidió renunciar. En el 2015 y 2016 hubo incendios intencionales en zonas próximas a Villa Futalaufquen y a El Maitenal, que se ejecutaron de manera estratégica para impedir su rápido control, denotando un conocimiento técnico-operativo y acceso a información que no era pública. En esa época, ya manifestaba su descontento con Parques Nacionales, y había rumores de que era quien había iniciado los siniestros.
La ocupación
En el año 2019, la comunidad mapuche Pailako Futalaufquen Mew, a la que pertenecen Cruz Cárdenas y María Belén Salinas, se adjudicó la ocupación de la zona del arroyo Cascada. Luego, expandieron la ocupación a la ex Población Felidor Salina, a la Seccional El Maitenal, y finalmente al valle del arroyo Rañinto.
Cuando se produjo la ocupación de la Seccional El Maitenal, se afectó la infraestructura del parque -carteles, puentes, viviendas- y significó la destrucción del Cristo, una obra de valor cultural y religioso para los pobladores de la zona.
En el año 2019 se detectaron clareos ilegales y herramientas de corte en el faldeo al oeste de El Maitenal, y a los pocos días la comunidad Pailako Futalaufquen Mew se adjudicó la ocupación en un sector en la zona del arroyo Cascada. Se citó un sabotaje en la pista de aterrizaje y en el sistema de abastecimiento de agua para aviones hidrantes, entre otros episodios que enumeró el juez Otranto en el fallo, que incluyeron agresiones a guardaparques.
Competencia federal
En el dictamen, se manifestó que la parte actora refirió haber cumplido con la intimación a restituir los inmuebles afectados el 4 de junio de 2024. Tras ello, Cruz Cárdenas y María Belén Salinas presentaron un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio. El primer recurso fue desestimado por extemporáneo; y el 10 de julio de este año, el Directorio de la APN desestimó el recurso jerárquico.
En el fallo conocido días atrás, Guido Otranto resolvió declarar la competencia del Juzgado Federal de Esquel para intervenir en el expediente, y también declaró procedente la acción judicial entablada por la Administración de Parques Nacionales en los términos de la Ley 22.351.
Asimismo el magistrado dispuso la comprobación judicial del estado de ocupación, y hacer lugar al desalojo solicitado y en consecuencia, ordenar la expulsión de Cruz Ernesto Cárdenas, María Belén Salinas y de cualquier otro ocupante u ocasional morador que se encuentre asentado ilegalmente dentro de las zonas citadas, dejando constancia que “la fecha del lanzamiento y su modalidad de ejecución, serán fijadas en resolución por separado luego de realizada la constatación previa judicial”.
Con la presentación de este martes de la apelación por parte de Cárdenas, el Juzgado atenderá la prosecución de la causa.

Cruz Cárdenas apeló su desalojo dispuesto por el Juez Federal de Esquel Guido Otranto. Lo hizo esta mañana en el Juzgado con asiento en esta ciudad cordillerano, con patrocinio legal. La presentación fue en horas tempranas, en respuesta al fallo que se conoció la semana pasada.
La Administración de Parques Nacionales (APN), por intermedio de su apoderado, Dr. Germán E. Soules, había solicitó el desalojo de Cruz Cárdenas, Belén Salinas y demás ocupantes de las zonas conocidas como ex Población Felidor Salinas, Seccional El Maitenal, valle del arroyo Cascada, sus valles tributarios y las nacientes del arroyo Rañinto; en jurisdicción del Parque Nacional Los Alerces, con fallo favorable recientemente del Juez Guido Otranto.
En la denuncia se mencionó que Cruz Cárdenas y María Belén Salinas son descendientes de pobladores que tienen permisos de ocupación en el PNLA, y que la familia de Cruz Cárdenas es proveniente de Chile. Cuando ocuparon la zona que se pide desalojar en el 2019, no estaban en una situación de crisis habitacional, sino que residían junto a su hijo menor de edad en la vivienda de Juan Ramón Salinas, padre de María Belén.
Cárdenas fue brigadista, pero entró en conflicto con las autoridades de Parques y decidió renunciar. En el 2015 y 2016 hubo incendios intencionales en zonas próximas a Villa Futalaufquen y a El Maitenal, que se ejecutaron de manera estratégica para impedir su rápido control, denotando un conocimiento técnico-operativo y acceso a información que no era pública. En esa época, ya manifestaba su descontento con Parques Nacionales, y había rumores de que era quien había iniciado los siniestros.
La ocupación
En el año 2019, la comunidad mapuche Pailako Futalaufquen Mew, a la que pertenecen Cruz Cárdenas y María Belén Salinas, se adjudicó la ocupación de la zona del arroyo Cascada. Luego, expandieron la ocupación a la ex Población Felidor Salina, a la Seccional El Maitenal, y finalmente al valle del arroyo Rañinto.
Cuando se produjo la ocupación de la Seccional El Maitenal, se afectó la infraestructura del parque -carteles, puentes, viviendas- y significó la destrucción del Cristo, una obra de valor cultural y religioso para los pobladores de la zona.
En el año 2019 se detectaron clareos ilegales y herramientas de corte en el faldeo al oeste de El Maitenal, y a los pocos días la comunidad Pailako Futalaufquen Mew se adjudicó la ocupación en un sector en la zona del arroyo Cascada. Se citó un sabotaje en la pista de aterrizaje y en el sistema de abastecimiento de agua para aviones hidrantes, entre otros episodios que enumeró el juez Otranto en el fallo, que incluyeron agresiones a guardaparques.
Competencia federal
En el dictamen, se manifestó que la parte actora refirió haber cumplido con la intimación a restituir los inmuebles afectados el 4 de junio de 2024. Tras ello, Cruz Cárdenas y María Belén Salinas presentaron un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio. El primer recurso fue desestimado por extemporáneo; y el 10 de julio de este año, el Directorio de la APN desestimó el recurso jerárquico.
En el fallo conocido días atrás, Guido Otranto resolvió declarar la competencia del Juzgado Federal de Esquel para intervenir en el expediente, y también declaró procedente la acción judicial entablada por la Administración de Parques Nacionales en los términos de la Ley 22.351.
Asimismo el magistrado dispuso la comprobación judicial del estado de ocupación, y hacer lugar al desalojo solicitado y en consecuencia, ordenar la expulsión de Cruz Ernesto Cárdenas, María Belén Salinas y de cualquier otro ocupante u ocasional morador que se encuentre asentado ilegalmente dentro de las zonas citadas, dejando constancia que “la fecha del lanzamiento y su modalidad de ejecución, serán fijadas en resolución por separado luego de realizada la constatación previa judicial”.
Con la presentación de este martes de la apelación por parte de Cárdenas, el Juzgado atenderá la prosecución de la causa.