La Cooperativa 16 de Octubre anunció obra sin informar detalles

El bloque de Juntos por el Cambio quiere saber pormenores del proyecto denominado “Parque Solar Arroyo Seco”, destinado a la generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables. Entre otros datos, requieren el presupuesto total estimado de la obra, discriminando los distintos rubros que integran el costo del proyecto.

11 JUN 2026 - 13:23 | Actualizado 11 JUN 2026 - 13:25

El bloque de concejales del bloque “Juntos por el Cambio” de Esquel, impulsó un pedido de informes con relación al anuncio realizado por la Cooperativa 16 de Octubre respecto de la ejecución del denominado “Parque Solar Arroyo Seco”, destinado a la generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables.

El requerimiento está dirigido al presidente del Consejo de Administración de la prestadora de servicios para Esquel y Trevelin, Miguel Illuminati, indicando que la mencionada obra ha sido presentada públicamente como una inversión de relevancia para la prestación futura del servicio eléctrico en Esquel y la región.

Para los ediles del oficialismo, resulta de interés público conocer los alcances técnicos, económicos, financieros y contractuales de una obra de esta magnitud, en atención al impacto que podría tener sobre los asociados y usuarios de los servicios prestados por la cooperativa.

Reflexiona que la transparencia en la gestión de los recursos y en los procesos de contratación, constituye un principio fundamental para garantizar el adecuado control social e institucional de los proyectos que involucran servicios públicos esenciales.

Para responder

En consecuencia, solicitan a la Coop. 16 que proceda a informar en un plazo de 10 días en los términos del Art. 3° de la Ley I Nº 156, respecto del proyecto denominado “Parque Solar Arroyo Seco”, lo siguiente:
- Presupuesto total estimado de la obra, discriminando los distintos rubros que integran el costo del proyecto.
- Detalle de las fuentes de financiamiento previstas para su ejecución, indicando si se trata de recursos propios, créditos, subsidios u otras modalidades.
- Identificación de la empresa o empresas contratadas para la ejecución de la obra, especificando razón social, CUIT y antecedentes considerados para su selección.
- Copia íntegra del contrato o contratos suscriptos para la ejecución del proyecto, incluyendo anexos, adendas o modificaciones que pudieran existir.
- Procedimiento utilizado para la selección y contratación de la empresa ejecutora, indicando si se realizaron concursos de precios, licitaciones, contrataciones directas u otro mecanismo;
- Cronograma de ejecución previsto, indicando etapas, plazos y fecha estimada de finalización;
- Características técnicas generales de la obra, potencia instalada proyectada, cantidad y tipo de equipamiento a utilizar y capacidad estimada de generación;
- Estudios técnicos, ambientales y de factibilidad realizados para el desarrollo del proyecto;
- Toda otra información, antecedente o documentación que resulte relevante para la comprensión integral del proyecto y de las obligaciones económicas asumidas por la Cooperativa en relación con el mismo.

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11 JUN 2026 - 13:23

El bloque de concejales del bloque “Juntos por el Cambio” de Esquel, impulsó un pedido de informes con relación al anuncio realizado por la Cooperativa 16 de Octubre respecto de la ejecución del denominado “Parque Solar Arroyo Seco”, destinado a la generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables.

El requerimiento está dirigido al presidente del Consejo de Administración de la prestadora de servicios para Esquel y Trevelin, Miguel Illuminati, indicando que la mencionada obra ha sido presentada públicamente como una inversión de relevancia para la prestación futura del servicio eléctrico en Esquel y la región.

Para los ediles del oficialismo, resulta de interés público conocer los alcances técnicos, económicos, financieros y contractuales de una obra de esta magnitud, en atención al impacto que podría tener sobre los asociados y usuarios de los servicios prestados por la cooperativa.

Reflexiona que la transparencia en la gestión de los recursos y en los procesos de contratación, constituye un principio fundamental para garantizar el adecuado control social e institucional de los proyectos que involucran servicios públicos esenciales.

Para responder

En consecuencia, solicitan a la Coop. 16 que proceda a informar en un plazo de 10 días en los términos del Art. 3° de la Ley I Nº 156, respecto del proyecto denominado “Parque Solar Arroyo Seco”, lo siguiente:
- Presupuesto total estimado de la obra, discriminando los distintos rubros que integran el costo del proyecto.
- Detalle de las fuentes de financiamiento previstas para su ejecución, indicando si se trata de recursos propios, créditos, subsidios u otras modalidades.
- Identificación de la empresa o empresas contratadas para la ejecución de la obra, especificando razón social, CUIT y antecedentes considerados para su selección.
- Copia íntegra del contrato o contratos suscriptos para la ejecución del proyecto, incluyendo anexos, adendas o modificaciones que pudieran existir.
- Procedimiento utilizado para la selección y contratación de la empresa ejecutora, indicando si se realizaron concursos de precios, licitaciones, contrataciones directas u otro mecanismo;
- Cronograma de ejecución previsto, indicando etapas, plazos y fecha estimada de finalización;
- Características técnicas generales de la obra, potencia instalada proyectada, cantidad y tipo de equipamiento a utilizar y capacidad estimada de generación;
- Estudios técnicos, ambientales y de factibilidad realizados para el desarrollo del proyecto;
- Toda otra información, antecedente o documentación que resulte relevante para la comprensión integral del proyecto y de las obligaciones económicas asumidas por la Cooperativa en relación con el mismo.